🇺🇸 Estados Unidos · Visado de trabajo
Categorías de permisos de trabajo, requisitos, patrocinio, pasos de solicitud y plazos.
Respuesta rápida
La mayoría de las personas trabajan en los EE. UU. con un visado no inmigrante patrocinado por un empleador, como el H-1B (ocupación especializada, con límite y basado en lotería), L-1 (transferencia dentro de la empresa) o O-1 (habilidad extraordinaria). Casi todas las rutas requieren que un empleador en los EE. UU. presente una petición para usted con el USCIS; no hay un 'visado de trabajo' general que pueda solicitar por su cuenta.
Las visas de trabajo se solicitan a través del USCIS (generalmente es el empleador quien presenta la Forma I-129) y se emiten por el Departamento de Estado en un consulado de los Estados Unidos. Las categorías comunes incluyen H-1B (ocupación especializada), L-1 (transferencia intraempresarial) y O-1 (habilidad extraordinaria).
- La mayoría de las visas basadas en el empleo requieren que se apruebe una petición de empleador por parte de USCIS antes de la entrevista de visa en el consulado.
- La categoría H-1B está sujeta a un límite numérico anual y un proceso de inscripción/lotería.
- Algunas categorías (por ejemplo, H-1B, PERM tarjetas verdes) requieren un paso de certificación del Departamento de Trabajo.
Paso a paso
- 1
Consiga una oferta de empleo elegible
La mayoría de los visados de trabajo exigen que un empleador estadounidense le ofrezca un puesto y acepte patrocinarlo — H-1B (ocupación especializada), L-1 (traslado intraempresa) u O-1 (capacidad extraordinaria).
- 2
El empleador presenta la petición
El empleador presenta la petición ante USCIS (para un H-1B sujeto a cupo, tras ser seleccionado en la lotería de registro electrónico); algunas categorías requieren primero una Solicitud de Condición Laboral certificada por el Departamento de Trabajo.
- 3
Espere la aprobación de la petición
USCIS revisa la petición; el trámite premium puede acelerar la decisión. No puede autopeticionarse la mayoría de los visados de trabajo.
- 4
Solicite el visado en un consulado
Una vez aprobada la petición, solicite el visado en una embajada o consulado de EE. UU. (formulario DS-160) y asista a la entrevista; quienes ya están en EE. UU. pueden cambiar de estatus.
- 5
Ingrese a EE. UU. y active el estatus
Ingrese con el visado; Aduanas y Protección Fronteriza lo admite y registra su estatus (el registro de admisión I-94).
- 6
Mantenga el estatus y planifique prórrogas
Respete los términos del visado y que el empleador presente prórrogas o cambios; algunas vías pueden llevar a la green card.
Lista de verificación
- Oferta de empleo elegible de un empleador de EE. UU.
- Categoría de visado identificada (H-1B, L-1, O-1, etc.)
- Solicitud de Condición Laboral / certificación si se requiere
- Registro electrónico H-1B (si está sujeto a cupo)
- Petición del empleador presentada ante USCIS (aprobada)
- DS-160 + entrevista consular
- Registro de admisión I-94 al entrar
- Mantenimiento del estatus + plan de prórroga
Autoridades oficiales
- USCIS
Adjudica solicitudes de inmigración y autorización para trabajar.
- U.S. Department of State — Visas
Categorías de visado y tramitación consular.
Preguntas frecuentes
¿Necesito una oferta de trabajo para trabajar en los Estados Unidos!
Sí para casi todos los visados de trabajo — un H-1B, L-1 o O-1 requiere que un empleador estadounidense presente una petición para usted. Las rutas independientes son raras y están limitadas a casos excepcionales.
¿Cómo funciona la lotería del visado H-1B!
Las inscripciones se presentan en una ventana anual establecida; debido a que la demanda supera con creces el límite, USCIS realiza una selección aleatoria, y solo las inscripciones seleccionadas pueden presentar una petición completa.
¿Pueden venir conmigo mi cónyuge y mis hijos!
Sí — la mayoría de los titulares de visados de trabajo pueden traer a un cónyuge y a hijos menores de 21 con visados dependientes (por ejemplo, H-4, L-2), y algunos dependientes pueden solicitar su propia autorización de trabajo.
Agregación de información oficial, no asesoramiento jurídico. Verifique siempre en el sitio oficial de la autoridad.
Portales gubernamentales
- The White House — Official residence and office of the US President — executive orders, policy briefings, press releases
- U.S. Department of State — US passport and visa services, travel warnings, embassy information worldwide
- Internal Revenue Service (IRS) — Federal tax filing, refund status, ITIN/EIN applications, and Free File program
- USCIS — Green card, H-1B and work visas, naturalization, immigration benefits, and case status