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Alquilar y comprar vivienda en Colombia: alquileres típicos, depósitos, contratos y normas oficiales de arrendamiento.

Respuesta rápida

Los extranjeros pueden comprar propiedad en Colombia libremente, sin restricción especial. Si trae fondos del exterior, registre la inversión extranjera ante el banco central para poder repatriar luego. Alquilar se rige por la Ley 820, que limita los depósitos y suele usar fiador o seguro de arrendamiento. Comprar pasa por una notaría, se registra en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y lleva derechos de registro.

La vivienda en Colombia es principalmente de alquileres y compras privadas a través de agencias inmobiliarias; el Ministerio de Vivienda administra programas de subsidios para residentes elegibles. Los recién llegados suelen alquilar de forma privada.

  • Los alquileres privados suelen necesitar un codeudor o un producto de garantía de alquiler, además de una prueba de ingresos.
  • Las subvenciones gubernamentales para la vivienda están dirigidas a residentes de bajos ingresos, no a nuevos llegados de corta duración.
  • Los términos del contrato de arrendamiento y los conflictos siguen la ley nacional; firme un contrato escrito.

Paso a paso

  1. 1

    Decida alquilar o comprar y fije un presupuesto

    Decida alquilar o comprar; si compra con fondos del exterior, prevea registrar la inversión extranjera ante el banco central.

  2. 2

    Busque anuncios o contrate un agente

    Busque portales o use un agente inmobiliario.

  3. 3

    Verifique los términos del contrato

    Revise el contrato (la Ley 820 limita depósitos), o para comprar el certificado de tradición y libertad.

  4. 4

    Aporte documentos, depósito o financiación

    Aporte identificación e ingresos y fiador/seguro o depósito; los compradores gestionan fondos y el registro de inversión.

  5. 5

    Firme, registre y pague impuestos/tasas

    Firme el contrato, o firme la escritura en una notaría y regístrela en la Oficina de Registro; pague derechos de registro.

  6. 6

    Contrate servicios y conozca sus derechos

    Contrate servicios; la Ley 820 rige depósitos, plazo, subidas y desalojo del inquilino.

Lista de verificación

  • Alquilar/comprar decidido + presupuesto
  • Reglas de propiedad extranjera / elegibilidad verificadas
  • Búsqueda / agente con licencia
  • Contrato de alquiler o compra revisado
  • Documentos + depósito / financiación
  • Registro + impuestos/tasas pagados
  • Servicios contratados
  • Derechos de inquilino / propietario

Autoridades oficiales

Preguntas frecuentes

¿Los extranjeros pueden comprar en Colombia?

Sí — sin restricción especial; registre la inversión extranjera ante el banco central si trae fondos del exterior para repatriar luego.

¿Están limitados los depósitos de alquiler?

Sí — la Ley 820 restringe depósitos en efectivo, por lo que los arrendadores suelen usar codeudor o seguro de arrendamiento.

¿Qué es el certificado de tradición y libertad?

El documento registral que muestra el historial de propiedad y gravámenes; los compradores lo revisan antes de comprar.

Agregación de información oficial, no asesoramiento jurídico. Verifique siempre en el sitio oficial de la autoridad.

Alquileres típicos por ciudad

Ciudades Alquiler 1 habitación
Bogotá COL$1.435.000–2.460.000/mo (centro); COL$1.000.000–1.700.000/mo (periférico)
Medellín COL$1.435.000–2.460.000/mo (centro); COL$1.000.000–1.700.000/mo (periférico)
Cali COL$1,150,000–1,970,000/mes (centro); COL$850,000–1,400,000/mes (externo)
Barranquilla COL$1,150,000–1,970,000/mes (centro); COL$850,000–1,400,000/mes (externo)
Cartagena COL$1,310,000–2,255,000/mes (centro); COL$950,000–1,600,000/mes (periférico)

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